Seguro salud Deutsche Bank

Características:

  • Asistencia en el extranjero
  • Servicio de odontología en centros concertados
  • Hospitalización y cirugía

Condiciones:

Titulares
  • Personas mayores de 18 años y menores de 65 años
Asegurados
  • El titular y familiares designados en la póliza
Modalidades
  • Modalidad “libre elección” médica y hospitalaria 80% en España y 90% en el extranjero.
  • Modalidad “cuadro médico” recomendado.
Prestaciones
  • Máximo por persona y por año de 160.000 euros
Pago
  • Mensual, trimestral, semestral o anual
Plazo
  • Cada modalidad se contrata por un período de duración de un año que, si el cliente no indica nada, se renueva automáticamente por el mismo plazo.
Contratación
  • Edad mínima 18 años y máxima 65 años en la contratación para el tomador-asegurado.
  • A partir de los 65 años manteniendo la cobertura a todos los asegurados ya existentes en cartera.
Garantías complementarias
  • Cuadros médicos en toda España
  • Servicio de odontología
  • Planificación familiar (vasectomía y ligadura de trompas)
  • Asistencia en viajes
  • Chequeos médicos

Exclusiones:

Quedan excluidos de la cobertura general de este seguro las prestaciones:

  • Derivadas de los servicios no detallados en estas condiciones generales, salvo que se incluya expresamente en las condiciones particulares.
  • Derivadas por hechos de guerra y las epidemias declaradas oficialmente, así como los provocados por los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario o catastrófico.
  • Derivadas por daños producidos por explotaciones nucleares o radioactivas, que se hallen cubiertos por los Seguros de Responsabilidad Civil por daños nucleares.
  • La cirugía estética, cura adelgazamiento, tratamiento estéticos dermatológicos y tratamiento del dolor.
  • La medicina preventiva y planificación familiar, anticoncepción, interrupción voluntaria del embarazo, tratamiento de esterilidad y técnicas de fecundación asistida.
  • Todo tipo de prótesis, piezas anatómicas y ortopédicas.
  • Del servicio de odontología, empastes, prótesis, periodoncias, ortodoncias y endodoncias, a estas prestaciones se tendrá acceso a través del Sevicio  Bucodental.
  • La obtención de autovacunas y el suministro de extractos en procesos alérgicos.
  • Análisis u otras exploraciones que sean precisos para la expedición de certificaciones, emisión de informes y el libramiento de cualquier tipo de documento que no tenga una clara función asistencial.
  • Las enfermedades o lesiones derivadas de la práctica como profesional de cualquier deporte, o como aficionado de actividades aéreas, bobsleigh, boxeo, artes marciales, escalada, carreras de vehículos a motor, incluidos los entrenamientos rugby, espeleología, parapente, puenting o similares, descenso de aguas bravas, barranquismo, toreo y encierro de reses bravas. En estos casos sólo se prestará la asistencia de urgencias.
  • Los accidentes producidos como pasajero o tripulante de cualquier  medio de navegación aérea no autorizado para el transporte público de viajeros. En cualquier caso solo se prestará la asistencia de urgencias.
  • La asistencia a lesionados por embriaguez, agresión o intento de suicidio. En caso de accidente, en el cual no puede imputarse voluntad, negligencia ni imprudencia del asegurado, se prestará la asistencia de urgencias.
  • Los tratamientos por alcoholismo y drogadicción, sus complicaciones, tratamientos y secuelas, quedando incluidas las urgencias.
  • La cobertura de toda clase de enfermedades, lesiones y defectos preexistentes, así como sus secuelas, tanto físicos como mentales, así como las dolencias provenientes de accidentes y sus derivaciones o secuelas, y las anomalías congénitas que sean anteriores a la fecha de efecto de la póliza, siempre que el asegurador la haya previamente sometido al cuestionario de la valoración del riesgo (declaración de salud) y en el mismo no hayan sido declarados culposa o dolosamente.
  • Los psicoanálisis, hipnosis, psicoterapia en sesiones individuales o de grupo, narcolepsia ambulatoria, test psicológicos y todos los derivados de similares prestaciones.
  • En la diálisis, quedará excluido el tratamiento en las afecciones de carácter crónico.
  • Tratamiento de sida y sus complicaciones
  • La contratación de la póliza para mayores de 65 años de edad actuarial, salvo pacto en contrario.
  • La medicina natural, homeopática y la acupuntura, así como cualquier otro tratamiento de la medicina o especialidad no reconocida oficialmente.
  • Las asistencias y tratamientos en centros no hospitalarios tales como hoteles, centros de diagnóstico, asilos, centros dedicados a tratamientos de adelgazamiento, balnearios o residencias. La corrección quirúrgica de la miopía, astismagtismo e hipermetropía, así como ortoqueratología.
  • Los gastos por uso de teléfono, televisión. Pensión alimenticia del acompañante en clínica, así como de otros servicios no imprescindibles para la necesaria asistencia hospitalaria.
  • Cualquier tipo de trasplante o autotrasplante, incluso como tratamiento coadyuvante. Por extensión, se entiende incluido dentro de esta exclusión el coste del órgano, así como el de las pruebas, tratamientos y medios de diagnóstico del mismo, salvo trasplante de cornea.
  • Las hospitalizaciones basadas en problemas de tipo social o familiar, así como las que sean sustituibles por una asistencia domiciliaria o ambulatoria.
  • Reeducación de la voz y del lenguaje, logopedia y foniatría, salvo después de procesos quirúrgicos u oncológicos.

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