Seguro accidentes Deutsche Bank

Características:

  • Capitales asegurados de 30.050,60 euros, 60.101,21 euros o 90.151,81 euros
  • Cobertura por fallecimiento en accidente y anticipo por invalidez total o parcial
  • Cobrará el doble del capital contratado en caso de accidente de circulación

Condiciones:

Titulares

Personas mayores de 18 años y menores de 65 años
El titular y su cónyuge

Prestaciones

En caso de fallecimiento, la prestación es igual al capital base asegurado

En caso de invalidez permanente y absoluta, la prestación es igual al capital base asegurado.

En caso de invalidez permanente y absoluta parcial, en las condiciones especiales de la póliza quedan establecidos los porcentajes de aplicación al capital base asegurado

En caso de fallecimiento o invalidez absoluta por accidente de circulación, la prestación es igual al doble del capital asegurado.

Pago

El pago puede realizarse mensual, trimestral, semestral o anualmente, a elección del cliente.

Plazo

Cada modalidad se contrata por un período de duración de una año que, si el cliente no indica nada, se renueva automáticamente por el mismo plazo.

Riesgos:

  • Los envenenamientos y las infecciones de cualquier tipo, excepto cuando quede probado que el virus ha penetrado en el cuerpo por una lesión producida por un accidente garantizado por el seguro.
  • Las consecuencias de operaciones quirúrgicas y las lesiones debidas a irraciaciones de cualquier de ellas no hayan sido motivadas por accidente garantizado.
  • Si las consecuencias puramente ocasionan efectos psíquicos.
  • Los acaecidos tomando parte en carreras de velocidad o resistencia, en apuestas y en concursos de cualquier naturaleza.
  • Los acaecidos en el ejercicio profesional de cualquier deporte o como aficionado en los siguientes: Actividades subacuáticas, boxeo, caza mayor fuera de España, artes marciales, ascensiones a altas cimas, pelota o pala y cesta punta, ski acuático, hockey sobre patines, hielo o hierba, motociclismo, motonáutica, vela a distancia superior a dos millas de la costa, polo, rugby, espeleología, toreo, encierro de reses bravas, así como otros deportes de nueva creación cuyos riesgos puedan considerarse similares a los enumerados en este epígrafe.
  • Los acaecidos en apuestas, desafíos o riñas, y los ocurridos con ocasión de terremotos, guerras, motines o revoluciones; estos últimos podrán indemnizarse de acuerdo a lo dispuesto en el apartado de Riesgos Extraordinarios.
  • Los viajes aeronáuticos de cualquier clase se indemnizarán de acuerdo con la cobertura del riesgo de aviación integrante de la presente póliza.
  • Los acaecidos al Asegurado en estado de enfermedad mental, de embriaguez o sonambulismo. A estos efectos se considera que hay embriaguez cuando el grado de alcohol en la sangre sea superior a 0,80 gramos por mil, o el Asegurado sea sancionado o condenado por esta causa.

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