El Depósito Barrilete Cósmico de Caja Madrid es un depósito a plazo de 12 meses, con liquidación de intereses prepagables, para clientes que incrementen su Posición Global en Caja Madrid y cumplan una serie de condiciones de vinculación. Con él podrá obtener una rentabilidad del 6,50% TAE*.
- Sin Importe Mínimo. Máximo 300.000 euros
- Una o varias imposiciones
- Liquidez Inmediata
- Para clientes y Nuevos clientes
Anima al comercial de tu otro banco o caja para que se apunte en www.barriletecosmico.es. Tú también podrás practicar jugando al juego online, conocer en profundidad el torneo, las “habilidades” del equipo y las ventajas del nuevo depósito.
(*) 6,10% nominal anual (6,50% TAE). Al vencimiento de la imposición se verificará que el titular haya cumplido los siguientes requisitos:
1) Su posición global en Caja Madrid, menos el 95% de la posición global a 20/08/2008, es mayor que la suma de los saldos mantenidos en el Depósito Barrilete Cósmico.
2) Ha recibido en Caja Madrid un mínimo de 9 abonos de nómina/ pensión/desempleo o ha pagado Seguros Sociales de Autónomos durante el plazo de vigencia de la imposición (excluyendo en el mes de vencimiento).
3) Ha pagado un mínimo de 9 recibos domiciliados en Caja Madrid, durante el plazo de vigencia de la imposición (excluyendo el mes de vencimiento), o el importe de los mismos es superior a 500 euros.
4) Mantiene en Caja Madrid una tarjeta de débito y otra de crédito, y ha utilizado cualquiera de ellas, al menos 9 veces durante la vigencia de cada imposición (excluyendo el mes en que se realizó la imposición y el mes de vencimiento de la imposición).
5) Es titular en Caja Madrid de un plan de pensiones con saldo mínimo de 300 euros, o es titular de seguros de riesgo MAPFRE, domiciliados y comercializados en Caja Madrid, cuya prima anual sume un mínimo de 125€ (excluyendo el mes de vencimiento).
En caso de no cumplir cualquiera de ellos o efectuar un reembolso o cancelación anticipada, se realizará la regularización, procediéndose a cargar en la cuenta asociada la diferencia entre los intereses brutos abonados en la fecha de la imposición, y los calculados al 4,00% nominal por el periodo de tiempo transcurrido.