Es un contrato de carácter mercantil en virtud del cual se concede un límite de disponibilidad de crédito, en función de una garantía específica de certificación, factura o subvención extendida por un ente público y según unas condiciones determinadas.
Se trata de un anticipo, dentro del límite máximo del crédito, para disponer de hasta un determinado porcentaje sobre el importe nominal de cada una de las certificaciones o facturas que se traten.
Ventajas
Disponer ya del dinero a cobrar de un ente público. Puede formalizarse sobre una cuenta corriente ya existente.
Finalidad
Se destina a anticipar el cobro de las facturas o subvenciones de organismos oficiales (habitualmente se giran a plazos más largos que los comerciales) que se aportan como garantía de la operación.
Tipos de interés
- Interés deudor: se aplica sobre el saldo dispuesto. Es un tipo variable referenciado al EURIBOR a tres meses. La revisión coincide con la liquidación trimestral.
- Interés acreedor: es aquel que remunera los saldos positivos.
Garantías
Tipos de documentos:
- Facturas de organismos públicos
- Subvenciones: de escuelas, hospitales, entidades culturales…
Los documentos de pago tienen que ser aprobados por el organismo pagador mediante diligencia en el mismo documento, donde también constará la “toma de razón”, según la cual el importe se ingresará en la cuenta de ”la Caixa”.
Gastos asociados
- Comisión de apertura y estudio: se adeudan en el momento de formalizar la operación.
- Comisión de disponibilidad: se calcula sobre el saldo medio no dispuesto y se liquida trimestralmente.
- Corretaje de fedatario público: este gasto proviene de la intervención de la póliza por el corredor de comercio.
Plazo
Habitualmente a un año, con el objeto de permitir el anticipo de las facturas y certificaciones provenientes de organismos oficiales, que suelen tener plazos de pago muy dilatados.